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Marcas

Qué se entiende por marca en Costa Rica?

Las marcas conforman un amplio sector de la propiedad intelectual, esto en virtud de que las mismas son manifestaciones de la creatividad y del ingenuo humano destinadas a identificar productos y servicios en el mercado. Según la Ley de Marcas una marca es cualquier signo o combinación de signos que permita distinguir los bienes o servicios de una persona de los de otra.
 
Entre los tipos de signos que se pueden proteger se encuentran, principalmente, letras, palabras, números y elementos figurativos, pero también se pueden solicitar marcas tridimensionales, tales como empaques y envolturas. Asimismo, se pueden solicitar distintos tipos de marcas según lo que se quiera proteger, pueden ser marcas de fábrica, marcas de servicios, nombres comerciales y señales de propaganda.

Cuáles son las principales funciones de las marcas en Costa Rica?

  • Garantizan que los consumidores distingan los productos
  • Permiten a las empresas diferenciar sus productos
  • Son un instrumento de comercialización y permiten proyectar la imagen y la  reputación de una empresa
  • Pueden ser objeto de concesión de licencias y proporcionar una fuente directa de ingresos a través de regalías
  • Representan un factor determinante en los acuerdos de franquicia
  • Pueden ser importantes activos comerciales
  • Incitan a las empresas a invertir en el mantenimiento o la mejora de la calidad del producto
  • Pueden ser útiles para obtener financiamiento.

Tipos de marcas en Costa Rica

Dependiendo de lo que se quiera distinguir con el signo, se puede elegir uno de los siguientes tipos de marca:
 
Marcas de fábrica: Son signos que distinguen productos propiamente, tienen una vigencia de 10 años. Algunos ejemplos de marcas de fábrica son: “Coca-Cola”, “Nike”, “Nokia”.
 
Marcas de servicios: Son signos que distinguen servicios, tienen una vigencia de 10 años. Algunos ejemplos son: “American Airlines”, “Marriott”, “Citibank”.
 
Nombres comerciales: Son signos que distinguen un establecimiento o local  comercial, su vigencia es indefinida.
Señales de propaganda: Son signos destinados a promover una marca registrada,  tienen una vigencia acompañada a la vigencia de la marca a la cual promocionan. Por ejemplo: “Just do it” para promover productos marca “Nike” y “Siempre” para promover “Coca-Cola”.

Sigue Costa Rica la Clasificación de Niza?

Una clase, es un conjunto de productos o servicios que guardan una relación entre sí, o que tienen una característica común en función de su utilidad o uso, agrupados de acuerdo con una clasificación aceptada internacionalmente. La importancia de la clasificación yace en la necesidad de organizar las distintas marcas y de otorgar un ámbito de protección.
 
Actualmente el criterio de clasificación más difundido se fundamenta en la Clasificación de Niza (utilizada en Costa Rica), la cual se compone de 45 clases, 35 de ellas corresponden a productos y 10 a servicios. Al momento de solicitar una marca el solicitante debe, no solo indicar los productos que desea proteger, sino también la o las clases en las cuales dichos bienes se ubican. Con ello adquiere el derecho a utilizar dicha marca para esa actividad concreta.   
 
Por ejemplo, si se desea solicitar el registro de una marca de fábrica, para distinguir productos electrónicos, ésta debe solicitarse en la Clase 09. También es posible solicitar una marca en varias clases a la vez (marca multiclase), a fin de contar con un mayor ámbito de protección. La clasificación completa pueda consultarse en el siguiente enlace: http://www.wipo.int/classifications/nivilo/nice/index.htm?lang=ES

Cualés son los requisitos de solicitud de inscripción de marca en Costa Rica?

Debe incluir:
 
•    Nombre del solicitante
•    Dirección del solicitante
•    Nacionalidad del solicitante
•    En caso de que sea una persona jurídica:
-    Lugar de constitución
-    Domicilio
•    Nombre del representante legal, su dirección y la calidad en que comparece, cuando sea el caso
•    Nombre y dirección del apoderado en el país, cuando sea el caso
•    Indicación de si es una marca de fábrica o una marca de servicios
•    La marca en sí
•    4 ejemplares de la marca cuando contenga diseño
•    Una traducción de la marca, cuando alguno de sus elementos denominativos tenga significado en otro idioma
•    La lista de los productos o servicios que se van a proteger, agrupados por clases (según Clasificación de Niza 9na ed.)
•    El comprobante de pago de la tasa básica establecida ($50 por cada clase) y otros timbres
•    El documento del poder (en los casos en que sea solicitada por persona distinta al titular)

Cómo es el procedimiento de marca en Costa Rica?

Presentación. Se presenta el documento de solicitud con los requisitos, el comprobante de pago de la tasa oficial y demás documentos señalados arriba ante el Registro de la Propiedad Industrial (RPI).
 
Examen y prevenciones. El Registro procede a realizar los exámenes de forma y de fondo de la solicitud, si advierte algún defecto entonces realizará la prevención al solicitante a fin de que éste sea subsanado.
 
Publicación. Si la solicitud supera con éxito la etapa de calificación entonces el RPI ordenará la publicación de un edicto en el Diario Oficial.
 
Oposiciones. A partir de la fecha de publicación, cualquier interesado cuenta con dos meses para plantear una oposición contra la marca solicitada.
 
Si se presenta alguna oposición dentro del plazo, entonces se iniciará el proceso correspondiente ante el RPI. Vistos los argumentos y las pruebas aportadas por cada una de las partes, el RPI procederá a emitir la resolución, en la cual se decretará el rechazo de la solicitud o su debida inscripción.
 
Inscripción. Al concluir el plazo de dos meses posterior a la publicación, si no hubiere oposiciones, el RPI ordenará la inscripción de la marca y emitirá el certificado oficial de registro.

Cuáles derechos brinda el Registro de la marca en Costa Rica?

Una vez registrada la marca, su titular tiene el derecho exclusivo a utilizarla en el mercado por todo el plazo de vigencia. Ello implica que puede impedir efectivamente que terceros utilicen dicha marca sin su autorización. Si las marcas llegan a ser reconocidas en el mercado éstas se pueden convertir en activos valiosos para su titular, quién puede suscribir contratos de cesión o de licencia de sus marcas a favor de terceros, a cambio de un precio o regalías.
No es necesario cancelar tasas anuales ni realizar ningún acto a fin de mantener el registro de la marca.

Vencimiento y Renovación de marcas en Costa Rica

En el caso de las marcas de fábrica y marcas de servicios , su plazo de vigencia expira a los 10 años. Si el titular desea  renovar el registro por 10 años más entonces deberá tramitar la renovación de la marca. Para ello, cuenta con un plazo de un año previo a la fecha de vencimiento. Si no solicita la renovación en ese lapso, entonces cuenta con 6 meses adicionales (plazo de gracia) para presentar dicha solicitud, pero deberá pagar un cargo adicional.

La solicitud de renovación debe incluir:
•    Nombre y dirección del titular
•    Número del registro que se renueva
•    Nombre y dirección del apoderado en el país
•    El poder, cuando sea diferente del designado en el registro, si es el mismo solo basta con indicar el expediente, el nombre de la marca y el número de presentación o el registro donde se encuentra
•    El comprobante de pago de la tasa ($50)
 

 Cambio de Titular en Costa Rica

Si una vez solicitada o registrada la marca, el titular modifica su razón social (en caso de personas jurídicas) o transfiere la marca, entonces deberá gestionar ante el RPI un trámite de cambio de titular, a fin de actualizar la información contenida en el Registro.
Como vimos, existen dos supuestos para el cambio de titular, los cuales se desarrollan a continuación:
Cambio de Nombre. El cambio de nombre tiene que ver con aquellos cambios que pueda atravesar una empresa en su organización y que resulten en la adopción de un nuevo nombre o razón social. Entonces aplica principalmente en los casos en que la empresa simplemente decide modificar su razón social o cuando se fusiona con otra compañía.
Para el trámite de cambio de nombre deben aportarse los siguientes requisitos:
•    Nombre y dirección del solicitante
•    La indicación de los signos y el número de solicitud o registro
•    Especificación de si se trata de un cambio de nombre o de una fusión de compañías, entre otros cambios
•    La indicación del nuevo nombre del solicitante
•    El poder de la compañía resultante del cambio
•    El documento donde consta el cambio
•    El comprobante de cancelación de la tasa ($25)
Transferencia de la marca. En este segundo supuesto de cambio de titular, estamos ante los casos en que la marca por sí sola* es transferida a un nuevo titular mediante una cesión del derecho. Entonces, el cambio se deriva de un contrato de cesión de marca, en el cual el titular cede su derecho sobre la misma a un tercero a cambio de un precio determinado.
Para el trámite de cambio de titular por transferencia deben aportarse los siguientes requisitos:
•    Nombre de las partes y su dirección
•    Indicación de la marca
•    Indicación de la clasificación de la marca
•    Indicación de los productos o servicios protegidos por la marca
•    Valoración del traspaso
•    Documento de traspaso firmado por ambas partes y, de ser el caso, el documento legalizado y autenticado por el cónsul de Costa Rica
•    Poder de alguna de las partes, o indicación de adonde se encuentra
•    Pago de la tasa correspondiente ($25)
*Se debe tomar en cuenta que los nombres comerciales no pueden ser traspasados por sí solos, únicamente se traspasan junto con la venta del establecimiento comercial. 
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