Inicio arrow Recursos arrow Reformas a la legislación referente a propiedad intelectual en Costa Rica
Reformas a la legislación referente a propiedad intelectual en Costa Rica
Entre las principales alteraciones con respecto a la antigua normativa de patentes de invención, dibujos y modelos industriales y modelos de utilidad, se incluyen nuevas leyes y procedimientos que resultan favorables a la protección de los datos de prueba. Estos datos de prueba son requisito indispensable, según el ordenamiento jurídico, para la aprobación de nuevos productos  relacionados a la industrias farmacéutica y de agroquímicos por parte del Ministerio de Salud. Esta misma ley, además, obliga a un incremento sustancial en las tasas oficiales relacionadas a esta materia; especialmente en cuanto a las tasas de presentación. Se contempla, también, la creación de una tasa de otorgamiento al momento de emitirse certificado, así como el pago necesario de anualidades.
Resulta igualmente notable el establecimiento, vía ley, de un término de 20 años de protección para cualquier patente registrada, fuese esta presentada y tramitada de acuerdo a la regulación del Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT). El cálculo de estos 20 años se hará a partir de la fecha de solicitud de la patente internacional y ya no desde cualquier fecha de prioridad anterior, sin importar si la misma fecha se refiere a la fecha de una solicitud actual de patente o una aplicación provisional, como se pueden encontrar en jurisdicciones tales como los Estados Unidos de América, Japón y el Reino Unido. Estos mismos 20 años, para las aplicaciones originales presentadas en Costa Rica, consecuentemente, se calcularán a partir del momento en que se presenten, mientras que aquellas tramitadas bajo el Convenio de Paris se calcularán a partir de la primera fecha de prioridad.
También el mismo 28 de abril de 2008 entraron en vigencia cambios a las leyes de marcas y otros signos distintivos. Cabe destacar, dentro de estos, la normativización y reconocimiento de la validez de la figura de una marca descriptiva en cuanto a su procedencia geográfica, así como la flexibilización de las reglas que ciñen a la figura del poder entendido como contrato de mandato.
Todo aquel interesado en recibir más información, o a esclarecer cualquier duda con respecto a estos, y todos los cambios que ha sufrido la legislación referente a la propiedad intelectual de Costa Rica, puede contactarnos al 2234-8204 y hablar con cualquiera de nuestros abogados, o escribirnos a Esta dirección de correo electrónico está protegida contra los robots de spam, necesita tener Javascript activado para poder verla Todos nuestros profesionales en propiedad intelectual hablan con fluidez en español e inglés.
 
< Anterior